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Capitulaciones Matrimoniales - Inscripción

Qué es

Las capitulaciones matrimoniales son un contrato que puede celebrarse antes o después del matrimonio para fijar las normas que deben regir su aspecto económico.
Sus efectos comienzan en el momento en que se otorgan, pero para darles publicidad y que tengan efectos frente a terceros es preciso hacerlas constar marginalmente en la inscripción de matrimonio en el registro civil.

Quién puede realizar el trámite

​- Pueden ser presentadas por cualquiera de los cónyuges o por otra persona debidamente apoderada.​

Condiciones de solicitud

Presencialmente solicitando cita previa en el Registro Civil.
Por correo.

Requisitos

Para su validez, las capitulaciones deben otorgarse en escritura pública, con el asesoramiento imparcial del/de la notario/a, quien deberá indicar la manera más idónea para reflejar la voluntad de los contrayentes y también cuáles son los límites que marca la ley.​

Documentación a presentar

Certificados de empadronamiento de los otorgantes

Escritura notarial de capitulaciones matrimoniales. Basta una copia para la inscripción. Normalmente, en la notaría se entrega una copia dirigida al Registro Civil. Si se presenta una segunda copia, podrá ser devuelta con la referencia a la anotación registral.

DNI o pasaporte

Es conveniente (pero no obligatoria) la presentación del libro de familia para que sea actualizado.

Más información

INFORMACIÓN OBTENIDA EL 05/04/23 POR REGISTRO CIVIL.

Normativa

Normativa legal: Código Civil. Art. 77 Ley del Registro Civil y 266 del Reglamento del Registro Civil.

Dirección en internet

Información relacionada

Órgano gestor

Registro Civil

NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.